"esta Jueza Tercera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo previsto en el Artículo 267 del Código Civil, en concordancia con el Artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud incoada por la ciudadana Roddeirys Angélica Marcano Salazar, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nros. V.- 15.423.600 en beneficio del niño (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN LA LOPNNA), asistidos por el Abogado. José Agustin Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 83.820, de TITULO DE PROPIEDAD DE LAS BIENHECHURIAS realizadas en un terreno, ubicado en el Caserío "San Antonio", de la Jurisdicción del Municipio García de este estad.....