Por consiguiente, declarada como ha sido la nulidad de la medida de reducción adoptada contra los ciudadanos JORGE LUÍS NORIEGA LÓPEZ, DOMINGO RAFAEL ROJAS VILLARROEL, ALEXANDRA CAROLINA BERBIN SILVA, LISBETH DEL VALLE ZAMORA y BELKIS VALERY MARCANO ROSAS, en virtud de la ilegalidad e inconstitucionalidad de la misma, corresponde sus reincorporaciones a los cargos de Asistente de Analista I, Dibujante III, Comunicador Social II, Secretario III y Secretaria I, respectivamente, que ocupaban para el momento de sus retiro de la Gobernación del estado Nueva Esparta, con el consiguiente pago de los salarios dejados de percibir, complementos y demás beneficios socio-económicos asignados al mismo, los cuales se determinarán por una experticia complementaria del fallo practicada por un Perito designado por este Tribunal para tales fines de conformidad con lo establecido en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil,