...En virtud de los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE "in limine litis" la solicitud de amparo constitucional contra el Instituto para la Defensa de Personas en el Acceso de Bienes y Servicios (INDEPABIS), por la Sociedad Mercantil COMPAÑÍA ANONIMA INVERSIONES KA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 16-2-1972, bajo el Nº 3, Tomo 36-A, de conformidad con lo establecido en el ordinal 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, por existir un medio procesal especial, breve y eficaz para atender y resolver la pretensión que ha sido planteada en la solicitud de Amparo Constitucional presentada ante este Tribunal en fecha 22.....