...De manera que, al constatarse una evidente conexión en dichos asuntos, por existir una identidad de objeto y de partes recurridas, aun cuando sean diferentes los querellantes, y provenir las pretensiones mencionadas de un mismo procedimiento de reducción, este Tribunal Superior considera procedente la acumulación de causas solicitadas, correspondientes a los Nros. Nº Q-0500-09, Q-0502-09, Q-0516-09, Q-0554-09 al Q-0498-09 y se ordena integrarlas en un sólo y único expediente, para ser tramitado ante esta instancia bajo el Nº Q-0498-09, a partir del inicio del presente lapso de promoción de pruebas, a los fines de evitar decisiones contradictorias y en aplicación del principio de economía procesal. ASÍ SE DECIDE...