...En consecuencia, acogiendo este Juzgado Superior el criterio jurisprudencial transcrito resultaría procedente la evacuación de las pruebas de inspecciones judiciales fuera del lapso legalmente establecido para ello, siempre que las mismas hayan sido promovidas dentro del término probatorio como sucedió en el presente caso.
Así las cosas y siendo que el artículo 21.12 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia permite la prórroga del lapso probatorio por quince (15) días de despacho más, cuando fuere necesario y conveniente para la mejor defensa de los intereses de las partes en el proceso, aplicable supletoriamente al caso de autos, habiendo igualmente solicitado el prenombrado querellante el día 15-12-2009, la prórroga del mismo, este Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en garantía del derecho a la defensa y a la prueba de las partes, previsto en el encabezamiento y ordinal 1° del artículo 49 de la Co.....