. Vistas las exposiciones anteriores, El Tribunal, en referencia a lo expuesto por el ciudadano Flavio Trasmondi, con la debida asistencia jurídica, acuerda abstenerse de practicar la medida decretada y ordenada por el comitente, por cuanto el sitio donde se encuentra constituido el Tribunal no se corresponde con la empresa demandada Dolfin Service C.A, tal como se evidencia del Acta Constitutiva de la empresa “Restaurant Marlin C.A.”, la cual consigna en copia simple, la cual acuerda agregar a la presente comisión.- En cuanto a la exposición de la parte actora antes identificado, el Tribunal acuerda remitir la comisión al Juez de la Causa, la cual se proveerá por auto aparte.- Se deja constancia que se encuentran presentes el ciudadano Manuel Quintero, titular de la cédula de identidad número 3.184.377, en su carácter de Representante Legal de la Depositaria Judicial Caribe C.A. y Perito Avaluador, ciudadano Pedro Ordaz Guerra, titular de la cédula de identidad número 1.82.....