Constituidos en dicho sitio el Tribunal hace formal entrega material del inmueble suficientemente descrito en la presente acta al ciudadano Rafael Darío González, antes identificado, y con la debida asistencia jurídica, poniéndolo en posesión del referido ciudadano quien lo recibe conforme, libre de bienes y personas. En tal sentido se ordeno fijar el correspondiente cartel de notificación en la puerta principal del inmueble en referencia, el cual se encuentra en total estado de abandono.