En el mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara el siguiente dispositivo:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda de acción MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO iniciada por la ciudadana, EVARISTO JOSE CAZORLA AVILA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.051.663, ASISTIDO por el Abogado JOSE AGUSTIN BRITO SALAZAR, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 83.820, contra las herederas conocidas e hijas de la fallecida TEOMARY JOSEFINA CAZORLA SALCEDO, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad número V-10.195.456, a saber, las ciudadanas que resultaron codemandadas, (Identidad Omitida conforme lo establecido en el Artículo 65 de la LOPNNA) y TEOCCELYS TERESA VELASQUEZ CAZO.....