Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de REVISIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN incoada por la Defensa Pública Primera especializada en niños, niñas y adolescentes de esta Circunscripción Judicial, a petición de la ciudadana, MINERVA MARGARITA VILLARROEL VARGAS, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.382.485, en contra el ciudadano, ANIBAL ALBERTO GARCIA LAREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad N° V-3.826.836. En consecuencia, este Tribunal de Juicio dispone: PRIMERO: Se aumenta la obligación de manutención a pagar por el ciudadano, ciudadano ANIBAL ALBERTO GARCIA LAREZ, a favor de su hijo, en la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES MENSUAL.....