DISPOSITIVA
En el mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de ..., declara el siguiente dispositivo: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la medida de protección de COLOCACIÓN FAMILIAR, bajo la modalidad de Familia Sustituta que fuere iniciada por la Defensoría Pública especializada en ... del niño "IDENTIDAD OMITIDA", de dos (02) años de edad, en el hogar de la ciudadana LUSBELY DEL VALLE ROJAS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-15.203.489, de conformidad con lo establecido en el articulo 400 de la LOPNNA; la cual tiene como objeto otorgar la responsabilidad de crianza del niño ...; siendo que la misma es personal e intransferible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 395 literal "c" ejusdem, por lo tanto, deberá garantizarle ... y representarlo ante instituciones educativas, de salud, públicas y privadas. En consecuencia, se ratifica la Medida provisional de Colocación Familiar dictada en auto de fecha 18.....