Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda de Fijación de Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana MAYERLING LOPEZ DELGADO, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº: V-15.202.401 ASISTIDA por la Abg. Maria Teresa Alsina Vaca, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 85.456, a favor de su hija, IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, en contra del ciudadano ROGELIO GABRIEL CHACON CASTILLO, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº: V-13.432.526. En consecuencia, se fija como monto de obligación de manutención, la cantidad de CUATROCIENTOS .....