Habiendo realizado las reflexiones del caso; habiendo garantizado el derecho consagrado en el artículo 80 de LOPNNA al niño; revisados los recaudos que conforman este asunto, vista las declaraciones de los testigos y llenos como se encuentran los extremos de ley, es por lo que esta Jueza Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano Nueva Esparta Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara Con Lugar la solicitud de Declaratoria de Herederos Universales presentada por el ciudadano Genys Ramón Hernández Martínez, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.385.077, en beneficio de sus hijos, el niño "cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la LOPNNA" y Virgenys del Valle Hernández mayor de edad y titular de la cédula d.....