Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos RICHARD NEOMAR SALAZAR GARCÍA y SULEIMA GREGORIA ROBLES MILLAN, mayores de edad, venezolanos, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 14.635.300 y 13.670.608, respectivamente, por los razonamientos expuestos en la parte motiva de este fallo que se dan aquí por reproducidos íntegramente. En consecuencia, se disuelve por Divorcio el vinculo conyugal que fuera contraído por los ciudadanos RICHARD NEOMAR SALAZAR GARCÍA y SULEIMA GREGORIA ROBLES MILLAN, en fecha Diecisiete (17) de octubre de mil novecientos noventa y siete ante la Prefectura Civil del Municipio Mariño del.....