Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano Nueva Esparta, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y Bienes, interpuesta por los ciudadanos Lyle Arthur Peterson Narváez y Quincy Daire Oviedo Tabares, mayores de edad, venezolanos, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 16.827.896 y 20.112.068, respectivamente. En consecuencia, se disuelve por Divorcio el vinculo matrimonial que fuera contraído entre los ciudadanos Lyle Arthur Peterson Narváez y Quincy Daire Oviedo Tabares, en fecha tres (03) de febrero de 2011 ante el Registro Civil del Municipio García del estado Bolivariano Nueva Esparta. SEGUNDO: Se encuentran firmes las homologaciones respecto a la.....