Esta Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo citado ut supra de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, incoado por la ciudadana Francirys Marin Quijada, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.434.343 contra el ciudadano Robert Quijada, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.897.913, respectivamente y lo da por TERMINADO según lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la normativa que regula la materia. Se entrega una copia certificada de la presente acta al demandado a solicitud del mismo en este acto. Es todo, term.....