Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y Bienes, interpuesta por los ciudadanos LUISANA FAGUNDEZ y JOSÉ JESÚS GÓMEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. 15.026.332 y 11.644.631, respectivamente. En consecuencia, se disuelve por Divorcio el vinculo matrimonial contraído en fecha veinte (20) de diciembre de 2001 ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Maiquetía del Municipio Vargas del Estado Vargas, que unía a los ciudadanos LUISANA FAGUNDEZ y JOSÉ JESÚS GÓMEZ, plenamente identificados ut supra. SEGUNDO: Respecto a las Instituciones Familiares a.....