Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano Nueva Esparta, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA la Autorización de Cambio de Domicilio Temporal y de Viaje firmada por el ciudadano JUAN CARLOS CROCE MORAN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No.6.823.642 a favor de su hija, "cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la LOPNNA"; para que viaje con su madre, ciudadana MARIANA DE BLOIS SALAVERRIA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No.15.005.417, que fuera presentada en fecha 02 de febrero de 2017, considerándolo como asunto pasado en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículos 518 ejusdem. Se autoriza el viaj.....