"...PRIMERO: AUTORIZAR a la ciudadana DELFINA PINTO ZULUAGA, mayor de edad, de nacionalidad Colombiana, titular de la Cédula de Identidad Nro. E-82.302.287, para que proceda a otorgar la titularidad del bien inmueble del CINCUENTA POR CIENTO (50%) a favor de sus hijos "...Se omite de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes...", y así mismo AUTORIZAR al ciudadano SAÚL JOSÉ LEÓN, mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nro.4.952.030, para que proceda a otorgar la titularidad del bien inmueble arriba identificado a sus hijos "...Se omite de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes..." , de los derechos que les corresponden a ambos ciudadanos sobre el bien inmueble tipo apartamento...".