esta Jueza del Tribunal Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y de Bienes, formulada por los ciudadanos KARL RYSER ZAHLT y CAROLINA MERCEDES SEQUERA, mayores de edad, suizo el primero y venezolana la segunda, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. E-82.273.817 y V-14.113.060 respectivamente, con fundamento en el Artículo 185 del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 07.11.2001 en la ciudad de Zurich, Suiza, legalizada dicha unión con la inserción del acta en el Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado ante el Registro Civil del Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta, la cual quedo anotada bajo el número .....