Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia DECLARA disuelto el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos, EDUIN JOSÉ MEDINA PINTO y MARIELA FRANCISCA LEÓN ARISMENDI, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio, y titulares de las cédula de identidad Nos. V-5.481.791 y V-9.429.488, conforme a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, quienes contrajeron matrimonio en fecha veintiséis (26) de marzo del año mil novecientos noventa y tres (1993), por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Antolín del Campo del Estado Nueva Esparta, según acta inserta bajo el Nº 21 de los libros llevados por ese Despacho en el año 19.....