Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia DECLARA disuelto el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos, JESÚS LEOPOLDO LEÓN RAUSSEO e ISABEL CRISTINA MIRANDA de LEÓN ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio, y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-8.547.689 y V-6.308.628 respectivamente, conforme a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, quienes contrajeron matrimonio en fecha 20 de noviembre de 1986, ante la Prefectura del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, según acta inserta bajo el Nº 206 de los libros llevados por ese Despacho en el año 1986...