En virtud de todo lo anteriormente expuesto, esta Jueza Tercera de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta para el Régimen Procesal Transitorio, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: el CESE DE LA MEDIDA DE COLOCACION FAMILIAR decretada en fecha Tres (3) de Junio de 2004, en virtud de que la joven (IDENTIDAD OMITIDA), es mayor de edad, contando en la actualidad con 18 años de edad, por lo que se ordena el cierre y archivo del presente asunto, por no haber materia sobre la cual decidir y su remisión al Archivo Regional.