En fuerza de las anteriores consideraciones, esta Jueza Segunda de Primera Instancia para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos ROBERT JOSE LOPEZ VILLARROEL y FERLINDA MAGALIS SUAREZ LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-11.144.852 y V-11.536.259 respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos contraído en fecha 07-02-1997 por ante la Prefectura del Municipio Arismendi del estado Nueva Esparta.