En merito de las anteriores consideraciones, esta Jueza Segunda de Primera Instancia para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: REVOCA la MEDIDA DE COLOCACION FAMILIAR dictada en fecha 03-10-2005 en beneficio de la niña (IDENTIDAD OMITIDA). ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se otorga a la ciudadana MILAGROS GONZALEZ ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N: 8.380.555 y domiciliada en calle San Antonio, casa N:23, Altagracia, Municipio Gómez del estado Nueva Esparta, la RESPONSABILIDAD DE CRIANZA INCLUÍDA LA CUSTODIA de su nieta, la niña (IDENTIDAD OMITIDA), de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 358 y 359 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, quien será su REPRESENTANTE tanto en las Instituc.....