Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta para el Régimen Procesal Transitorio ADMINISTRANDO JUSTICIA en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley. DECLARA:
PRIMERO: "CON LUGAR" la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos solicitada por los ciudadanos JULIO YSAEL MATA ACOSTA Y GRECIA CAROLINA CASTRO BOADA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-14.359.498 y V-15.896.682, respectivamente, y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron en fecha 15 de julio de 2005 ante la Prefectura del Municipio Antolín del Campo del estado Nueva Esparta.
SEGUNDO: Por cuanto del vínculo matrimonial se desprende que los solicitantes procrearon una hija, es deber obligatorio de este Juzgadora velar por los derechos e intereses de la niña en mención, como consecuencia de la diso.....