a) CON LUGAR la demanda de Divorcio basada en la causal segunda del Artículo 185 del Código Civil PAUL JESUS ANTONIO TIETZ SANABRIA y LEANDRA MIGDALIA BAGAGLI, titular de la cédula de identidad Nº V-9.304.422, en contra del ciudadano MARISELA RIVAS QUINTERO, titular de la cédula de identidad Nº V-6.396.472.
b) DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que contrajeron ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Recreo del Municipio Libertador del Distrito Federal hoy Distrito Capital en fecha 12 de Diciembre del año 1.992, como consta en la copia certificada del Acta de Matrimonio N° 757, expedida por la mencionada autoridad.