III. DISPOSITIVA
En mérito de las anteriores consideraciones, este JUZGADO SUPERIOR DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando en SEDE CONSTITUCIONAL por autoridad de la Ley, se declara INCOMPENTE POR LA MATERIA para conocer de la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por la ciudadana VIRGINIA ROSARIO GALINDO SIFONTES, venezolana, titular de la cédula de identidad Nro. V- 8.280.920, debidamente asistida por la abogada Yesabel Márquez, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 185.138, en contra de decisión de fecha 17 de agosto de 2010, dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta y declina su competencia a la Corte Superior del Circuito Penal de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, a quien corresponde conocer de la misma.
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