En mérito a todos los elementos de hecho y de derecho antes explanados, este TRIBUNAL SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PERECIDO el presente recurso de apelación interpuesto por la ciudadana TRINA CAROLINA QUIAME, venezolana, mayor de edad, y titular de la Cédula de Identidad Nº V- 17.631.145, representada por la abogada ADRIANA PATRICIA GONZALEZ ANES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 103.695, contra la decisión dictada en fecha treinta (30) de octubre de dos mil catorce (2014), dictada por la Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial.