V.DISPOSITIVA.
En mérito de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA el desistimiento de la recusación propuesta por el Abogado en ejercicio DANIEL DOTI ORLANDO, inscrito en el instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 73.416, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano ROBERTO MORELLA SANZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.538.595, en contra de la DRA. FRANMILYS DÍAZ RODRÍGUEZ, Jueza del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, la mencionada Jueza deberá seguir tramitando el asunto .....