IV. DISPOSITIVA
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Superior Protección de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE el presente recurso de apelación interpuesto por el Abg. José Caraballo, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 229.553, en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana Rosalinda del Carmen Hernández Rodríguez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.191.900, en contra del auto de fecha 16.03.2018, dictado por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior decisión se ordena la devolución del presente Recurso a su Tribunal de origen, de conformidad con los al.....