Este Juzgado Segundo de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta NIEGA la apelación interpuesta por la Abogada en ejercicio REINA ROMERO ALVARADO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 54.464, en su carácter de Apoderada Judicial de la entidad de trabajo PEPSI-COLA DE VENEZUELA, C.A., por ser EXTEMPORÁNEA.