En virtud de las consideraciones precedentes y por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda intentada por el Ciudadano JOSE ANTONIO AVILE en contra del BBVA BANCO PROVINCIAL, ambas partes plenamente identificadas en autos.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas.