este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por la ALCALDIA DEL MUNICIPIO MARCANO DEL ESATDO NUEVA ESPARTA, contra el Acto Administrativo contenido de Providencia Administrativa de Reenganche y Pago de Salarios Caídos signada bajo el Nº 104, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Nueva Esparta, en fecha 10/06/2010, con ocasión de la solicitud incoada por el ciudadano MANUEL CALZADILLA GUTIERREZ.-
SEGUNDO: Se LEVANTA la MEDIADA CAUTELAR acordada en fecha 12 de Julio de 2010 por el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, que decretó la Suspensión de los efectos del acto administrativo;