este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: En Confesión Ficta al CONDOMINIO MAR AZUL, en consecuencia Con Lugar la demanda incoada por la ciudadana CARLINA NARVAEZ, en contra del CONDOMINIO MAR AZUL, ambas partes plenamente identificadas en autos.-
SEGUNDO: Se condena a la demandada a cancelar a la parte actora, los conceptos que a continuación se especifican: por Antigüedad al 19-06-1997, Bs. 30,00, compensación por transferencia Bs. 15,00; Antigüedad de conformidad con el articulo 108 de la ley Orgánica del Trabajo Bs. 12.951,60; Vacaciones y Bono Vacacional 2009-2010, Bs. 1.773,75; Vacaciones y Bono Vacacional Fraccionadas, Bs. 301,54; Utilidades 2009, Bs. 1.064,25; Utilidades Fraccionadas, Bs. 354,75; indemnización conforme al articulo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, Bs. 6.075,0.....