este Juzgado Segundo de Juicio del Trabajo de La Circunscripción Judicial del Trabajo declarar: UNICO: DESISTIDO el procedimiento en el presente recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el Abogado HAYMIL GIL, GERALDINR MONTERIO y WADIN BARRIOS, actuando con el carácter de Apoderados Judiciales de la DEFENSA PUBLICA contra el ACTO ADMINISTRATIVO de fecha 22 de Enero de 2016, emanada de la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA, mediante la cual se Admite la solicitud interpuesta por la ciudadana YELITZA ATAIS RINCONES y ordenó el Reenganche, pago de salarios caídos y demás beneficios dejados de percibir. Así se decide. Publíquese, regístrese y notifíquese.