este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Calificación de Despido interpuesta por la Ciudadana AIDIVYC DEL VALLE SILVA, Contra la empresa VENETUR, S.A. (HOTEL VENETUR MARGARITA), ambas partes plenamente identificadas en autos, en consecuencia se ordena el reenganche de la ciudadana AIDIVYC DEL VALLE SILVA, a su puesto de trabajo en las mismas condiciones que detentaba al momento del despido y se condena a la mencionada empresa al pago de los salarios caídos, en base al salario que quedo demostrado que la actora devengó, la cantidad de Bs. 5.800, desde la fecha del despido, es decir 17/09/2010 hasta la fecha de su efectivo reenganche o insistencia en el despido, que se calcularán mediante una experticia complementaria del fallo, para tal fin, se ordena al Trib.....