Este juzgado declara Consumada la PERENCIÓN y en consecuencia, extinguida la Instancia, en la demanda incoada por los ciudadanos ELEAZAR URBANO, WILFREDO PEROZO Y EFRAIN RAMOS, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.084.533, V-14.543.619 y V-14.977.690, respectivamente, en contra de la empresa DESARROLLO PARQUE AZUL, C.A., por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, signada con el Nº OP02-L-2011-000452, de conformidad con los artículos 201 y 202 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena la notificación de la parte demandante, a los fines que tenga conocimiento de la presente decisión. No hay condenatoria en costas, en conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, por remisión expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-