Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, se declara INCOMPETENTE, para conocer del presente juicio por Cobro de Prestaciones Sociales, incoado por la ciudadana MARÍA DEL VALLE RAMOS DE NORIEGA, contra OFICINA PRINCIPAL DE REGISTRO PUBLICO DEL ESTADO NUEVA ESPARTA . En consecuencia Se declina la competencia por ante el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Región Nor-Oriental de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en Barcelona, a quien se ordena su remisión.