este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Consumada la PERENCIÓN y en consecuencia, extinguida la Instancia, en la demanda incoada por el ciudadano JOGRE ADOLFO ROJAS CARREÑO, titular de la cedula de identidad N° 10.199.797, asistido en este acto por el abogado ALEXANDER DIAZ GUZMAN, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 50.373, en contra de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO GARCIA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, signada con el Nº OP02-L-2015-000198, de conformidad con los artículos 201 y 202 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. SEGUNDO: Se ordena la notificación de la parte demandante, a los fines que tenga conocimiento de la presente decisión. TERCERO: No hay condenatoria en costas, de confo.....