este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana YULITZA DEL VALLE FAJARDO, contra la empresa OPERADORA GP MARGARITA BONGOS GRILL, C.A ambos plenamente identificados. SEGUNDO: Se condena a la demandada pagar a la demandante, ciudadana YULITZA DEL VALLE FAJARDO, la cantidad de CINCO MILL SETECIENTOS OCHENTA BOLIVARES CON CINCUENTA Y DOS CENTIMOS (Bs.5.780,52), más lo que resulte de los intereses sobre prestación de antigüedad, mora e indexación en los términos establecidos en la parte motiva de la presente decisión; TERCERO: Se condena en costas a las demandadas por haber resultado totalmente vencida en la presente causa, de conformidad con el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Publíquese y Regístrese la presente.....