Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, forzosamente debe declarar Inadmisible la demanda incoada por la ciudadana María de las Nieves Pérez Biondi contra la Junta de Condominio del Conjunto Residencial Caribbean Country, todo ello do de conformidad con lo establecido en el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese.