este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, mediante auto de fecha 30-01-2014, mediante el cual declaró: "PRIMERO: consumada la PERENCIÓN, y en consecuencia, extinguida la instancia en la causa No. OP02-L-2011-000758, contentiva de la demanda que por CALIFICACIÓN DE DESPIDO, incoara el ciudadano DANIEL RODRIGUEZ, en contra de la Empresa HOTEL VENETUR MARGARITA. SEGUNDO: Se ordena la notificación de la parte actora, a los fines que tenga conocimiento de la presente decisión. TERCERO: No hay condenatoria en costas, de conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, por remisión expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo."; en tal sentido, la referida notificación deberá ser publicada en la Cartelera de este Tribunal y en el Portal Web del Estado Nueva Esparta, por un lapso de TREINTA (30) DÍAS CALENDARIOS, de conformidad con lo dispuesto en el.....