Declara: Primero: La nulidad de todas las actuaciones realizadas a partir de la publicación de la sentencia interlocutoria que declaró sin lugar las cuestiones previas opuestas por la defensora judicial de los codemandados en la presente causa, la cual se inició en virtud de la demanda que por COBRO DE CUOTAS DE CONDOMINIO (Vía Ejecutiva), intentó el CONDOMINIO DEL CONJUNTO RESIDENCIAL PERLAMAR, a través de su apoderado judicial el abogado en ejercicio José Rene Márquez Paredes, en contra de los ciudadanos MANUEL SALOMÓN GOLCZER Y CORINA VALERIA GATTI LINARES, todos identificados en el encabezamiento de este fallo. Segundo: La reposición de la causa al estado de que sea ordenada la notificación personal de los codemandados, y en caso de no ser posible su notificación personal, ha de designárseles un nuevo defensor judicial que ejerza la defensa plena de los mismos. Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ordena remitir copia certificada de la presente decisión al Colegio de A.....