eL Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la homologación al desistimiento efectuado y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada, conforme a lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia de lo anterior, se suspende la medida de Embargo Ejecutivo decretada en fecha 28/06/2012