SE DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la oposición planteada por la parte co-demandada LA ASOCIACIÓN CIVIL LOS BUKANEROS (O.C.V.L.B), a través de su apoderada judicial, la abogada BLANCA GONZÁLEZ en contra de la medida preventiva de prohibición de enajenar y gravar decretada por este Tribunal en fecha 12-08-2011. SEGUNDO: SE RATIFICA la medida preventiva de medida preventiva de prohibición de enajenar y gravar decretada por este Tribunal en fecha 12-08-2011. TERCERO: SE LIMITA la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por este Tribunal en fecha 12-08-2011, a un apartamento situado en el primer nivel del CONJUNTO RESIDENCIAL LOS BUKANEROS identificado con las siglas 1-3C. CUARTO: SE LEVANTA la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por este Tribunal en fecha 12-08-2011, que recayó sobre un inmueble propiedad de LA ASOCIACIÓN CIVIL LOS BUKANEROS (O.C.V.L.B), constituido por un lote de terreno distinguido como parcela B-2, ubicado en la entrada del CASERIO GUERRA,.....