Este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta de Oficio la Perención de la Instancia.
Regístrese, Publíquese y Diaricese y déjese copia.
Dado, firmado y sellado en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. San Juan Bautista, a los Diecinueve días del mes Mayo de Dos Mil Diez.-
La Juez Provisoria;