este Juzgado del Municipio Díaz de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, hecha por los ciudadanos VICENTE DE TEBA TASSA y PRAGEDES DEL VALLE BOADAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. 13.669.264 y 10.202.096, respectivamente y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los une, en virtud del matrimonio Civil celebrado ante la Prefectura de la Parroquia Aguirre del Municipio Maneiro del estado Nueva Esparta.