este Tribunal del Municipio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Rectificación de Acta de Matrimonio presentada por la ciudadana Mirla José Moreno, ya identificada, asentada en el Libro de Registro Civil de Matrimonios correspondiente al año 1.992, llevado por ante el Registro Civil del Municipio Díaz del estado Nueva Esparta.
SEGUNDO: Se ordena corregir el Acta de Matrimonio de la siguiente manera: "Que donde aparezca identificado el número de cédula de la solicitante como "11.149.946" debe leerse "11.145.546". Y ASI SE DECIDE.
TERCERO: Ofíciese lo conducente a la Oficina de Registro Civil del Municipio Díaz y al Registro Principal del estado Nueva Esparta, a los fines legales consiguientes.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado del Municipio .....