este Juzgado del Municipio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, declina su competencia al Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en consecuencia, de conformidad con el artículo 69 del Código de procedimiento Civil, se acuerda la apertura del lapso de cinco (05) días de despacho, para que las partes ejerzan su derecho a solicitar la regulación de competencia; en caso de no solicitar la regulación, se remitirá la presente solicitud al Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta.