este Juzgado del Municipio Díaz de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta,administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, efectuada por los ciudadanos ALEXI ANTONIO PALMA y OSCARINA DEL VALLE SUÁREZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-13.623.188 y V-11.855.335, respectivamente, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los une, en virtud del matrimonio civil celebrado ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Díaz del estado Nueva Esparta.